Jubilaciones Pensiones
SEGUNDA MEDIDA DEL PROGRAMA REPARACION HISTORICA PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
- Quiénes tendrán derecho a la pensión universal?
. Las personas que tengan 65 años o más.
. Los argentinos naturalizados con 10 años de residencia en el país
anteriores a la solicitud.
. Para extranjeros, se requieren 20 años de residencia.
- Qué características tienen la prestación?
. Es vitalicia.
. No se puede tener otro beneficio previsional o retiro en el país o en el Exterior, ni planes sociales, ni cobrar la asignación por Desempleo,
. El titular debe mantener residencia en el país.
- Si fallece el titular, genera pensión?
. No.
- Cuánto será el monto del beneficio?
. El 80% de la jubilación mínima o sea $ $3.967 y se incrementará junto con la jubilación mínima por la Ley de Movilidad.
- Hay otros beneficios adicionales por obtener esta pensión Universal?
. Sí, derecho a los servicios del PAMI.
. Las mismas asignaciones familiares que tienen los jubilados contributivos.
- Qué pasará con la gente que hasta ahora se jubilaba por moratoria?
. La moratoria actual, Ley 26.970, vence en septiembre pero la Ley 24.476 NO SERÁ DEROGADA y permite reconocer servicios autónomos hasta 1993. Se le agregará a esa moratoria dos características nuevas que son tomadas de la Ley 26.970: a) habrá control socio-económico y b) las cuotas se actualizarán cada vez que se aumente la jubilación.
. Las mujeres entre 60 y 64 años que no accedan a la jubilación, podrán
obtener a los 65 la pensión universal.
- Si se obtiene esta pensión universal se puede seguir trabajando?
. Sí, de forma tal que posteriormente, se pueda obtener los años de servicios para lograr un beneficio contributivo.