Jubilaciones Pensiones


PRIMERA MEDIDA DEL PROGRAMA REPARACION HISTORICA PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

. Estos acuerdos deben homologarse en sede judicial. O sea que el titular, su abogado y la ANSES acuerdan ante un Juez el ingreso a este programa y consecuentemente el fin del juicio o la no iniciación del mismo. - A qué jubilados comprende el pago? . Comprenden la mayoría de los casos en litigio a los que se les aplica la jurisprudencia de los fallos Badaro, Eliff, Sanchez y Monzo. - Se le va a pagar sólo a los que tienen juicio? . No. La medida alcanza a quienes tienen juicio y a los que no. . Quienes tienen sentencia firme, cobrarán las retroactividades desde 2 años para atrás desde la notificación de la demanda de juicio a la ANSES. . Quienes tengan juicio pero no sentencia firme, recibirán hasta un tope de 48 meses de retroactividad. . Quienes no hayan iniciado juicio, tendrán el reajuste del haber mensual desde la fecha de ingreso al programa. - Qué pasa con aquellos que no adhieren? . Siguen cobrando lo que hoy cobran. . Si están en juicio una vez concluido el mismo, ANSES acatará la Sentencia. - Cuántos años durará el programa? . 3 años prorrogables por 3 más. - Cómo es el cronograma de pago? . Se habilitará un orden de prelación dando prioridad a los mayores de 80 años y a las personas enfermas, luego se ordenarán en función de las variables que establezca la reglamentación (edad , haber , antigüedad del juicio , disponibilidad presupuestaria). -Cómo se hace la actualización del haber jubilatorio? . Si la jubilacion fue por la Ley 18.037, las remuneraciones se actualizarán por el Indice INGR (índice general de las remuneraciones), hasta el 03/1995, luego hasta el 06/2008 por la RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) y desde entonces por la Movilidad General de la Ley 26.417. . Si la jubilación se obtuvo por la Ley 24.241 , las remuneraciones se actualizarán por el índice Indice INGR (índice general de las remuneraciones) hasta 03/1995, luego por la RIPTE hasta el 06/2008 y por último la Movilidad General de la Ley 26.417. . El haber inicial tendrá la movilidad del índice de salarios nivel general (INDEC) entre 2002 y 2006,luego la RIPTE hasta 06/2008 y por último la movilidad General de la Ley 26.417. - Una vez sancionada la ley y promulgada por el ejecutivo cuáles son los pasos que debe seguir el jubilado? 1. ANSES habilitará una página web para ingresar al programa voluntario. 2. Periódicamente informará el grupo de beneficiarios habilitados para ingresar en la Propuesta privilegiando siempre a los de mayor edad y en función de las disponibilidades presupuestarias. 3. El titular deberá tener un representante legal. 4. Una vez inscripto, ANSES mostrará su posible nuevo haber y eventualmente retroactividades (si había iniciado juicio) y se le informarán al interesado estos montos. 5. Si el titular acepta, ambos (titular y apoderado) concurrirán a una UDAI de ANSES para registrar la firma del Convenio. 6. El abogado del interesado irá luego a la Justicia de la Seguridad Social a homologar judicialmente el Convenio. 7. El Juzgado procede a la homologación y le informa a la ANSES y al titular. 8. La ANSES luego de recibir la homologación, procede al cambio de haber y si existen retroactivos, paga el 50% en el primer mes y luego 12 cuotas trimestrales. - Cuánto calculan que aumentarán las jubilaciones (promedio) . Las personas alcanzadas por esta propuesta tendrán un incremento promedio cercano al 40%, superior para los beneficios más antiguos e inferior para los más nuevos. Los incrementos varían según las características de cada beneficio (fecha de otorgamiento , cuánto cobraba en actividad, etc).

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